MARINOS - SERVICIO FISCAL



1943 GUARDIA SECCIÓN MARINOS  



La sección de marinos se crea en la Guardia Civil en el año 1940, con ocasión de la fusión del Cuerpo de Carabineros con la Guardia civil y sus miembros y competencias son asumidos por la Guardia Civil.
Abajo uniforme reglamento de 1943 con cuello cerrado y nuevo rombo en el cuello.

 
 
 
 
1975 GUARDIA SECCIÓN MARINOS  


uniforme con cuello abierto y camisa azul, que seria blanca para Gala, rombo común en los dos uniformes reglamento del 43.


 

SARGENTO FISCAL 1977


Por Ley de 15 de marzo de 1940 el Cuerpo de Carabineros se fusionó con el de la Guardia Civil, asumiendo este último las funciones de resguardo fiscal del Estado a aquél encomendadas. Desde entonces el Servicio Fiscal ha sido el encargado de desempeñar dichas funciones, para lo cual ha ido evolucionando en su estructura, dependencia y funcionamiento para adaptarse a la normativa vigente en cada momento.
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 12 apartado B), letra b), establece que la Guardia Civil ejercerá las competencias relativas al resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. La incorporación de España a la Comunidad Económica Europea, lleva consigo la supresión de las fronteras interiores y el reforzamiento de las exteriores y por tanto la necesaria reorganización de la estructura del Servicio Fiscal de la Guardia Civil, para dotarla de la infraestructura adecuada que le permita cumplir sus misiones con la mayor eficacia posible.
Cometidos:
· Realizar las operaciones encaminadas a prevenir y perseguir el contrabando y demás infracciones de carácter fiscal, en todo el territorio nacional.
· Colaborar en la custodia de las costas, fronteras, puertos y aeropuertos.
· Prestar, en todos los recintos aduaneros habilitados, los servicios encaminados a evitar que de los mismos salgan mercancías que no hayan sido legalmente despachadas, y aquellos otros que como Resguardo Fiscal Aduanero le sean encomendados.
· Impedir la ilegal entrada y salida por las fronteras exteriores, de cualquier clase de mercancías.
· Controlar la circulación de géneros y efectos sometidos a requisitos de signo, marca o documento reglamentario en todo el territorio nacional.
· Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en la materia e investigar toda clase de infracciones de naturaleza fiscal, colaborando con las Autoridades Judiciales, Administrativas y otros organismos competentes.